Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0318/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
II. CONCLUSIONES
De los actuados producidos en este recurso, se llega a la conclusión de que tanto la parte recurrente como el Juez recurrido coinciden en señalar que se ha realizado una investigación en la que Daniel Sánchez Díaz ha sido imputado. Sin embargo, en el cuaderno de hábeas corpus no existe una sola pieza procesal, en fotocopia simple o legalizada, relativa al cuadernillo de investigaciones, tampoco figura el mandamiento de aprehensión que habría sido librado por orden de dicha autoridad judicial, ni las actuaciones del Fiscal o del Comandante de la FELCN co-recurridos en esta acción.