Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0324/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
II.1.
II.1. Mediante contrato anticrético, Ramiro Wenceslao Valenzuela Córdova tomó el departamento en propiedad horizontal B-2, ubicado en el 2º Piso del Edificio Portales, Bloque B de la ciudad de Cochabamba, comprometiéndose a pagar las expensas del condominio, luz eléctrica de acuerdo a la facturación del medidor correspondiente (fs. 2 a 3).