Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0406/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
improcedente
La Sentencia cursante de fs. 10 a 11 pronunciada el 12 de febrero de 2004 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara improcedente el recurso, sin costas, ni multas, con el fundamento de que el Tribunal Constitucional ha establecido en su jurisprudencia que si el procesado no ha cumplido con las obligaciones impuestas como es el registro del arraigo que debe ser certificado, no puede exigir que se le otorgue libertad, cual señala la SC 1096/2003-R, de 7 de agosto, por lo que al no haber presentado el defendido del recurrente el respectivo certificado de arraigo es inviable el presente recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2.Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la medida se constituye de máxima importancia para evitar la fuga del imputado o procesado, pues de existir tal posibilidad sería de responsabilidad del juzgador por no haberse cerciorado de que el imputado o procesado realmente estaba arraigado
- APRUEBA