SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2004-R

Fecha: 24-Mar-2004

II.3

II.3                                                 El  art. 98 de la citada Ley Nº 1836, dispone que en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos se rechazará el recurso, precepto que el Tribunal de Amparo aplicó correctamente en el caso de  autos.   En consecuencia, al haber rechazado el recurso, ha dado debida aplicación a las disposiciones legales citadas.