AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2004-ECA
Fecha: 07-Abr-2004
I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
Por memorial de fs. 88 vta., Rodolfo Torrico Montaño, presentado ante el Tribunal del recurso, señaló que sin embargo de haberse obrado con justicia, la SC 863/2003-R, de 25 de junio, no es completa y que omitió pronunciarse sobre los daños y perjuicios que se le ocasionaron con la injusta Resolución motivo del amparo, los cuales fueron reclamados en el recurso, pues solicitó se condene en costas a las autoridades recurridas, lo que se justifica por el lapso de casi un año durante el que tiene depositado el monto de la adjudicación del remate equivalente a $US40.000.- más la no ocupación y posesión del inmueble que se le adjudicó, por lo que pide, que en aplicación del art. 102.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), se remitan obrados a este Tribunal a efecto de que se complemente la Sentencia Constitucional citada, determinando las costas procesales y honorarios profesionales conforme al Arancel en actual vigencia del Colegio de Abogados en la suma de Bs2000.-.