AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2004-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2004-ECA

Fecha: 07-Abr-2004

II.1.

II.1.   Previo a ingresar al análisis de fondo de la solicitud planteada, es preciso señalar que el recurrente presentó su solicitud de complementación, el 5 de julio de 2003, ante la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, cuyos vocales, por decreto de 7 de julio de 2003, rechazaron la misma porque a criterio suyo fue planteada fuera de término; empero, al ser remitidos los obrados a este Tribunal a petición del recurrente, mediante decreto de 30 de marzo de 2004, emitido por la Comisión de Admisión, verificó que la solicitud fue presentada dentro del plazo previsto por el art. 50 de la LTC, por consiguiente, la presente Resolución también se dicta dentro del plazo de Ley.