AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2004 -ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2004 -ECA

Fecha: 08-Abr-2004

I.2

I.2 “En el fundamento III.2 inc. a) de la Sentencia Constitucional 1850/2003-R, el Tribunal Constitucional manifiesta que el querellante “ no deja de tener otros derechos procesales tales como: a) el intervenir en el proceso penal,...” por lo que solicito se complemente cuáles son esos derechos, toda vez que las autoridades recurridas no nos notifican con memoriales de la parte contraria ni dan lugar a nuestros memoriales de respuesta”.