no existe ningún argumento jurídico que sustente
Los argumentos expuestos por los recurrentes referidos a que las Ordenanzas Municipales 032-A-2000 y 033-A-2000 fueron aprobadas y promulgadas en forma irregular, que contengan falsedad ideológica, que hayan sido aprobadas sin respetar ni cumplir con los procedimientos del Código de Urbanismo y Obras, en contravención de los arts. 83, 121 y 129 de la Ley de Municipalidades e infringiendo el art. 6º parágrafo II de la Ley de Regularización del Derecho Propietario Urbano, o que la aprobación irregular atente contra su derecho constitucional a la propiedad, o que la Sala Penal Primera de la Corte Superior haya rechazado el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad con un argumento inconsistente e irreal; constituyen fundamentos que no corresponden ni son pertinentes al recurso planteado, por cuanto no se precisa de qué manera se ha dado la usurpación de funciones o la falta de jurisdicción y competencia en que hubieran incurrido el Alcalde Municipal de Santa Cruz, Roberto Fernández Saucedo o los miembros del Concejo Municipal de dicha ciudad, al aprobar y promulgar las ordenanzas municipales impugnadas.
- María Edith Fernández de Salazar, Secretaria Ejecutiva de la Federación de Maestros Rurales de Santa Cruz, Primitivo Milán Vargas, Juan José Arandia Camacho y Juan Carlos Gonzalo Cabrera Fernández
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petición
- II. ANÁLISIS DE LA EXISTENCIA DE CONTENIDO JURÍDICO CONSTITUCIONAL
- no existe ningún argumento jurídico que sustente
- , RECHAZA
