Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional: 0524/2004-R
Fecha: 13-Abr-2004
3.
3. La intervención de terceros interesados, dentro de estos recursos, podría distorsionar el procedimiento establecido para los amparos constitucionales al incorporarlos en el trámite consiguiente, más aún si el juez o tribunal respectivo estarían obligados a disponer la notificación a quienes fueron parte dentro del proceso judicial o administrativo correspondiente que haya motivado el recurso, sin que hayan formado parte de la relación procesal dentro de un recurso de amparo constitucional.