AUTO CONSTITUCIONAL 33/2004-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 33/2004-ECA

Fecha: 26-May-2004

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La aclaración, enmienda y complementación estipuladas en la norma prevista por el art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), ha sido instituida como un medio que tienen tanto el recurrente como el recurrido en esta jurisdicción, para pedir que el Tribunal Constitucional explique sobre algún concepto obscuro, corrija errores materiales o subsane alguna omisión de la sentencia, declaración o autos que hubiere dictado al resolver los asuntos de su competencia.