SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2004-R
Fecha: 14-May-2004
improcedente
La Resolución 150/2004 cursante de fs. 14 a 15, pronunciada el 31 de marzo por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el recurso, bajo estos fundamentos: 1) no presentaron a sus garantes personales, motivo por el que no se suscribieron las actas de garantía ni se hizo efectiva su libertad; 2) no existe procesamiento ilegal menos detención indebida, lo que sucede es que los recurrentes no cumplieron con lo previsto en los arts. 241 y 243 del CPP; 3) la autoridad recurrida ha actuado dentro del marco legal previsto por el Código de procedimiento penal y no ha atentado contra la libertad del recurrente, menos ha vulnerado el debido proceso.