SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0811/2004-R
Fecha: 26-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El actor alega que en ejecución de la sentencia dictada dentro del proceso ordinario de desocupación y entrega de inmueble seguido por Juan Carlos Flores Peñafiel contra Zulma Vargas de Lazarte y Bergman Lazarte Chávez, no se le notificó legalmente con la orden de desocupación del inmueble, de modo tal que se la ha impedido su derecho a plantear oposición, no obstante que en el acta de inspección constaba que el inmueble estaba habitado por él además de que el memorial de 11 de febrero de 2004, presentado por el apoderado de la demandada principal, hizo notar esta circunstancia señalando que se le debía dar oportunidad de plantear oposición, no obstante ello, el Juez recurrido libró mandamiento de desapoderamiento contra todos los ocupantes del inmueble vulnerando sus derechos a la seguridad jurídica, a la vivienda y la garantía del debido proceso. Corresponde examinar, en revisión, si tales ilegalidades son ciertas y si han lesionado los derechos fundamentales que invoca la actora para, en su caso, otorgar la tutela que brinda este recurso extraordinario.