Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0961/2004-R
Fecha: 18-Jun-2004
II.3.
II.3. Por Resolución de 10 de junio de 2002, el Tribunal de Sentencia Segundo de la Capital, aceptó la excepción de falta de acción planteada por el actor al considerar la existencia de impedimento legal para proseguirla y dispuso que las partes debían recurrir ante el Juez Cautelar para exigir el cumplimiento del art. 134 CPP (fas. 11-12). Resolución que fue apelada por el fiscal demandado el 13 de junio de 2002 (fs. 13-17), mereciendo el Auto de Vista de 29 de junio de 2002, que declaró improcedente el recurso (fs. 18).