AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2004-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2004-ECA

Fecha: 30-Jul-2004

I.1

I.1      Al haberse declarado la constitucionalidad “temporal” de la Disposición Final Novena del CTB, en tanto el Poder Legislativo subsane el vacío legal por ausencia de procedimiento contencioso tributario, se concluye que los contribuyentes durante dicho tiempo carecerán de seguridad jurídica, no podrán gozar de un debido proceso y estarán condenados a vivir en un estado de indefensión, lo cual sólo podrá ser subsanado cuando el Poder Legislativo promulgue la nueva ley, no obstante que se trata de un problema presente y no futuro.