SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1041/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1041/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

dispuso

La Sala Social Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, a través del Auto 138/2004 de 20 de abril  (fs. 19) dispuso que el recurrente de cumplimiento a lo establecido por el art. 30 inc.4) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) concordante con el art. 97.III, IV, y VI de la misma disposición legal, puesto que la demanda de amparo debe ser formulada con precisión y claridad, citando la norma constitucional infringida, las leyes, decretos, resoluciones o actos contrarios a la Constitución, en el plazo de cuarenta y ocho horas, bajo conminatoria de tenerse por no presentado el recurso. Con esta decisión el recurrente fue notificado el 20 de abril de 2004 a horas 17:20 (fs. 20).