SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1063/2004-R
Fecha: 06-Jul-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el escrito de 17 de mayo de 2004 de fs. 35 a 36 vta., el recurrente manifiesta que el 10 de abril de 2004 en forma abusiva y sin orden de autoridad competente funcionarios de DIPROVE de El Alto, por órdenes del Director de dicha entidad, detuvieron a su esposa y la condujeron a la Unidad Operativa de Tránsito, por lo que su persona al reclamar por su libertad fue aprehendido en lugar de esposa, secuestrándolo para trasladarlo a la ciudad de El Alto donde fue incomunicado y encerrado en una celda por dos días siendo sindicado de ser supuesto autor del delito de robo del vehículo de propiedad de Zacarías Ticona Quispe, a quien le hubieran robado su vehículo el 4 de agosto de 2003, sentando denuncia un mes y 20 días después de ocurrido el hecho, solicitando a DIPROVE, ADUANA y al Registro Único Automotor (RUA) para que no se nacionalice el mismo adjuntando fotocopia de reexpedición de compra, siendo lo sorprendente que el referido vehículo en el momento del robo era de contrabando sin que DIPROVE haya derivado antecedentes al Fiscal de Aduana.
Añade el recurrente que en la declaración prestada por el denunciante, éste señaló que el autor del robo de su vehículo era “Honorato”, por lo que se ordenó al ahora recurrido, que proceda a la captura del motorizado con las formalidades de ley, las que no se cumplieron, pues en vez de capturar al vehículo aprehendieron a su persona sin orden judicial recibiéndole su “entrevista informativa policial” el 12 de abril de 2004 sin ser asistido por su abogado, además de sonsacarle la suma de $US200.- en los días que estuvo detenido a objeto de liberarlo además de obligarle a presentar tres garantes personales para que presente su vehículo sobre el que no existe ninguna denuncia de robo, pues es de su propiedad y tiene la documentación que así lo acredita como es el certificado de propiedad expedido por el encargado del RUA de la Alcaldía Municipal. En el presente caso lo que pretenden el recurrido y los funcionarios de DIPROVE es realizar lo que se denomina “volteo” trabajándolo al “susto”, hecho que no va a permitir, lo que está demostrado, pues cuando retornó a DIPROVE de El Alto con su abogado, el nerviosismo y la gentileza con que fue tratado corrobora que actuaron de mala manera conculcando sus derechos y garantías, por lo que interpone el presente recurso al creer se encuentra arbitraria, indebida e ilegalmente preso, perseguido y además haberse violado sus derechos a la seguridad jurídica y a la propiedad privada, pues pese a estar detenido dos días no se recibió su declaración ante el fiscal ni fue remitido ante el juez menos sea asistido por su abogado.