SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1143/2004-R
Fecha: 23-Jul-2004
procedente
Por Resolución cursante de fs. 15 a 17, se declaró procedente el recurso contra Janeth Alfaro, funcionaria del Servicio Legal Integral y Municipal “SLIM”; con los siguientes fundamentos: a) la detención indebida se da como consecuencia de aquel acto por el cual se privó a una persona de su libertad sin que exista una causa o motivo establecido por ley y, sin que exista una orden expresa, motivada y expedida por autoridad competente; b) en el presente caso, se establece que el recurrente fue aprehendido sin mandamiento; por otra parte, la recurrida Janeth Alfaro no se hizo presente a la audiencia de hábeas corpus para informar sobre la detención de la que había sido objeto el recurrente, por lo que ésta, en su condición de trabajadora social no tiene facultad ni potestad para disponer detención alguna ni tampoco para expedir mandamiento de aprehensión, ya que esa facultad es privativa de las autoridades jurisdiccionales y Ministerio Público, por lo que la detención dispuesta por dicha funcionaria fue ilegal e indebida; c) en cuanto a la co-recurrida Juana Antonia Atto Siñani, la misma al ser denunciante y madre de los menores, no fue quien dispuso la detención, por lo que respecto a esa corresponde su exclusión al no haber tenido participación en la detención de acuerdo al “art. 93” del Código de procedimiento penal (CPP).