SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1184/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
III.3.
III.3. La línea jurisprudencial citada, es aplicable al caso en examen, por cuanto, el ahora recurrente solicitó mediante el memorial del presente recurso de amparo: “se declare expresamente sin efecto y sin valor legal alguno la nota de agradecimiento de fecha 6 de enero de 2003 (…)”(sic); sin embargo, interpuso el presente recurso de amparo después de más de un año y dos meses de haberse cometido el presunto acto ilegal -6 de enero de 2003-, por el cual, se comunicó al ahora recurrente que conforme a la determinación de la Asamblea General de 5 de enero de 2003, por disposición mayoritaria y unánime se había determinado que los compañeros que se hubieran ausentado por más de un año de la institución sin realizar trabajo alguno como socios activos, quedaban definitivamente suspendidos de su calidad de socios del Sindicato, por lo que le agradecieron por los servicios prestados a la institución y le comunicaron que había perdido toda acción y derecho dentro del sindicato.