AUTO CONSTITUCIONAL 439/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 439/2004-CA

Fecha: 09-Ago-2004

Fragmento 2

El recurrente refiere que en el proceso de pago de honorarios que siguió contra el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de La Paz (SEMAPA), instaurado ante el Juzgado Décimo Segundo de Partido en lo Civil- Comercial de La Paz, se fijó el honorario en el 5% de $us.3.059.591.08, mediante Resolución 232 de 30 de septiembre de 1997, sentencia que se encuentra ejecutoriada y que por su indebida e ilegal negativa de cumplimiento y ejecución, interpuso el recurso de amparo constitucional contra el Juez de la causa, el que fue declarado procedente mediante Sentencia Constitucional 790/2001-R de 27/07/2001, la misma que dispone y ordena la ejecución de la resolución de fijación de honorarios profesionales.