Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1406/2004-R
Fecha: 31-Ago-2004
dispuso
La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, a través del Auto de 11 de junio de 2004 (fs. 200) dispuso que el recurrente previamente: 1. señale con precisión los derechos y/o garantías constitucionales, que han sido violados, restringidos, suprimidos o amenazados por las autoridades recurridas; 2. fundamente su pretensión objetivamente; 3. señale el nombre y domicilio de los terceros interesados, en el plazo de cuarenta y ocho horas, bajo conminatoria de tenerse por no presentado el recurso. Con esta decisión el actor fue notificado el mismo día a horas 11:55 (fs. 200 vta.).