SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1439/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1439/2004-R

Fecha: 07-Sep-2004

III.2.

III.2. Si bien es cierto que la jurisprudencia constitucional de manera reiterada y uniforme respecto de las resoluciones dictadas por la Superintendencia del Servicio Civil, dentro de los recursos jerárquicos planteados por los servidores públicos sobre cuestiones emergentes del retiro de la función pública, ha señalado que “… la entidad pública donde prestare sus servicios el servidor público no puede sustraerse a cumplir una Resolución Administrativa Definitiva dictada por el Superintendente de Servicio Civil (...) y por lo tanto ha otorgando invariablemente la tutela en los casos en los que se comprobó la resistencia de las autoridades a cumplir dichas Resoluciones (SSCC 245/2003-R, 508/2003-R, 1392/2003-R, 1561/2003-R, 0120/2004-R, 0454/2004-R y 1115/2004-R); empero, no es menos evidente que en el caso que se analiza, la recurrente no ha observado el principio de inmediatez que informa el recurso, pues pretende que a través de éste se disponga el cumplimiento de una Resolución que fue dictada hace más de un año y cinco meses, aspecto que desnaturaliza la esencia del amparo constitucional, pues uno de sus elementos primordiales que lo caracterizan, inherente a su fundamento mismo, es precisamente la inmediatez de la protección jurídica que se pretende, requisito que no fue observado por la actora al no buscar una protección jurídica inmediata, inviabilizando así, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 de la CPE, razón por la que el recurso resulta improcedente, no correspondiendo ingresar al examen de fondo de la problemática planteada. En ese mismo sentido las SSCC 1591/2003; 0044/2004 y 0456/2004-R, entre muchas otras.