SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1463/2004-R
Fecha: 13-Sep-2004
a)
El Fiscal recurrido informó lo siguiente: a) el mandamiento de aprehensión se expidió previa representación del asignado al caso, la que cuenta con la firma del testigo de actuación, por lo que ante la solicitud de la querellante, libró mandamiento de aprehensión, el que no ha sido ejecutado; b) el 17 de mayo de 2004 ha presentado imputación formal en contra de la recurrente, por el que se le atribuye la comisión de un ilícito penal, en vista a los informes periciales que constan en el cuaderno de investigaciones, de la que tiene conocimiento el Juez Primero de Instrucción en lo Penal; c) lo dispuesto en el art. 226 del Código de procedimiento penal (CPP) es cuando existe una medida cautelar previa imputación, pero en el caso, en la imputación formulada no se ha pedido ninguna medida cautelar en contra de la recurrente; d) el art. 224 del CPP le faculta a expedir mandamiento de aprehensión, cuando el imputado no se presentare a prestar su declaración informativa, por lo que solicitó la improcedencia del recurso al no haber vulnerado ninguno de los derechos alegados.
El investigador asignado al caso manifestó que: se organizaron diligencias de policía judicial y existe un requerimiento de 13 de abril de 2004 para notificar a los imputados, entre ellos, la recurrente, a quien se la buscó reiteradamente en su domicilio, presentándose en el mismo en tres oportunidades en las que dejó fotocopia de la citación en la puerta del domicilio, así como a una señora, asistiendo al lugar nuevamente en presencia de testigo, pero no se pudo citar personalmente a la recurrente.