SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1477/2004- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1477/2004- R

Fecha: 14-Sep-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

La Dirección del Fondo de Pensiones de Santa Cruz, mediante Resolución 002110 de 12 de febrero de 2004, otorgó la renta única de vejez a su esposo Raúl Gutiérrez Márquez, habiéndose fusionado la renta básica y la renta complementaria en los porcentajes correspondientes, que se pagan en una sola boleta, a partir del mes de enero de 2002. Señala que la primera renta fue emitida mediante el cheque 001770040020438606 por la suma de Bs.13.340.- con matrícula 150914GMR del sector de comercio y RA en febrero del 2004, asimismo se emitió la boleta del sueldo del mes de febrero que como excombatiente recibía su esposo que desafortunadamente falleció en ese proceso. Posteriormente, el 22 de marzo de 2004, acreditando su estado de viuda y beneficiaria, solicitó la entrega de las boletas de pago referidas, sin embargo, el Administrador del SENASIR y la Dirección de Pensiones Regional Santa Cruz, de manera arbitraria e ilegal le negó la entrega de las mismas, disponiendo la suspensión de la cancelación de la renta básica de vejez y complementaria como del sueldo del mes de febrero, privándole del único ingreso y sustento económico que tiene para ella y su familia. En consecuencia, presentó los reclamos correspondientes ante la autoridad recurrida, haciendo constar que las pensiones, jubilaciones, montepíos, rentas de vejez, invalidez y demás beneficios sociales establecidos legalmente son bienes inembargables, no obstante, estas peticiones no fueron atendidas por la autoridad recurrida, puesto que no recibió ninguna respuesta concreta al respecto, generando la lesión de sus derechos fundamentales, al no poder cobrar la primera renta de vejez y el sueldo del mes de febrero que le corresponde.