SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1544/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
procedente
La Resolución 10/2004 cursante de fs. 33 a 35, pronunciada el 14 de agosto por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, declaró procedente el recurso en lo concerniente a la extensión de fotocopias legalizadas, disponiéndose se dé cumplimiento a lo dispuesto por la Jueza de garantías e improcedente en cuanto a la existencia de actos de hostigamiento por parte de la Fiscal recurrida, condenándose al pago de daños y perjuicios que serán evaluados en ejecución de sentencia, con costas en el 50% de lo establecido por el Arancel Mínimo del Colegio de Abogados, con los siguientes fundamentos: a) la negación de expedición de fotocopias por parte de la Fiscal demandada es indebida porque coarta el derecho a la defensa de los recurrentes, más aún existiendo orden judicial que autorizó las mismas; b) el hostigamiento acusado a dicha Fiscal no fue demostrado, toda vez que el certificado expedido por Marcial Baldivieso al efecto, no fue obtenido por los medios legales.
En consecuencia, el Tribunal de hábeas corpus, al declarar procedente el recurso en lo concerniente a la extensión de fotocopias legalizadas e improcedente en cuanto a la existencia de actos de hostigamiento por parte de la Fiscal recurrida, no ha evaluado en forma correcta los datos del proceso ni las normas aplicables al mismo.