recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad” (sic)
Los recurrentes a nombre del Sindicato de trabajadores del Banco Central de Bolivia refieren que de conformidad al art. 79 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) interponen “recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad” (sic) contra la Resolución Suprema 222648 de 6 de octubre de 2004 emitida por Carlos D. Mesa Gisbert, Presidente Constitucional de la República, y Fernando Antezana Araníbar, Ministro de Salud y Deportes, mediante la cual amparados en el art. 44 del D.S. 26973 nombran como Director Ejecutivo de la Caja Bancaria Estatal de Salud al ciudadano Adrian Alfonzo Sainz Gutierrez, recalcando que promueven el recurso a instancia de parte porque dicho nombramiento no se ajusta la normativa prevista por el art. 4 de la Ley 1178 y art. 44 del D.S. 26973 en relación a la Resolución Administrativa 055-2004 de 28 de septiembre de 2004; además de que infringe el principio constitucional establecido por los arts. 30 y 31 de la Constitución Política del Estado (CPE) y quebranta los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad y eficacia como base del funcionamiento del sistema de seguridad social establecidos en el art. 158 de la CPE.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad” (sic)
- recurso indirecto de inconstitucionalidad” (sic),
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II. ANÁLISIS DE LA EXISTENCIA DE CONTENIDO JURÍDICO CONSTITUCIONAL
- recurso directo de nulidad
- carezca manifiestamente de fundamento jurídico constitucional
- RECHAZAR
