Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 052/2005-RCA
Fecha: 24-Oct-2005
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente indica que las autoridades recurridas estarían vulnerando su derecho a una remuneración justa por su trabajo dado que al haber revocado el auto emitido por el inferior dejando sin efecto la regulación de honorarios con graves perjuicios económicos a su persona y en desconocimiento del contrato suscrito con la A.F.P. Futuro de Bolivia. Por lo que, al haber sido rechazado el presente recurso por el Tribunal de amparo, corresponde, en revisión, dilucidar si dicho rechazo se encuentra dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.