I.1. Antecedentes
En el memorial presentado el 30 de septiembre de 2005 (fs. 34 a 36), Teresa Arce Scott, en representación de María Cristina Rocha Flores, manifiesta que el 19 de marzo de 2004, su poderconferente presentó petición minera denominada Khory Chuyma de 20 cuadrículas en el cantón Santa Rosa de Challana, provincia Larecaja del departamento de La Paz, y luego de los trámites de rigor, el Superintendente de Minas instruyó 17 de mayo de 2004 que se proceda a la elaboración del Plano Definitivo al no haberse presentado oposición alguna, por lo que se canceló el valor de la elaboración del plano, así como las patentes de la gestión 2004 y derechos para el testimonio del Título Ejecutorial.
Señala que posteriormente, mediante Resolución 03/04 de 18 de mayo (el sello fechador es de 10 de diciembre de 2004), después de haber transcurrido 48 días, el Superintendente ordenó el archivo de obrados con anulación del cargo de presentación y pérdida de prioridad, determinando la extinción de su registro en el Sistema Nacional de Cuadrícula Minera por no existir área franca, considerando haberse dado superposición respecto de la concesión Ancoaque y que hasta el 31 de mayo el Superintendente de Minas debió haber dictado Resolución Constitutiva Expresa, bajo sanción de perder competencia.
Agrega que el 24 de octubre de 2004, se solicitó que se expida la Resolución Constitutiva Expresa, pero el Superintendente decretó que se esté a lo resuelto a fs. 9, es decir al archivo de obrados dispuesto mediante Resolución 03/04, con la cual se notificó a su mandante el 16 de noviembre de 2004; sin embargo, existiendo pérdida de competencia, omisiones procedimentales, citaciones y notificaciones alteradas y foliaciones irregulares, la peticionaria presentó recurso de revocatoria, pero el Superintendente de Minas, aduciendo “Lapsus Calami”, el 14 de marzo de 2005 anuló obrados hasta fs. 8.
Indica que el 9 de junio de 2005, el Superintendente de Minas emitió la Resolución SM LP 17/05, ordenando el archivo de obrados con anulación del cargo de presentación, “pérdida de prioridad de la petición minera Khory Chuyma de 20 cuadrículas por no existir una cuadrícula en área totalmente franca”, determinación contra la cual, al día siguiente se presentó recurso de revocatoria, que fue rechazado con el argumento de haber sido interpuesto fuera de término.
