II.2.
II.2. De la documentación cursante en el expediente, se constata que con la Resolución SM. LP. 17/05, de 9 de junio, se notificó personalmente a Maritza Cristina Rocha Flores el 22 de junio de 2005 (fs. 24), por lo que contaba con plazo hasta el 3 de agosto de 2005, para interponer el recurso, el mismo que recién se presentó el 30 de septiembre de 2005 (fs. 34 a 36), es decir extemporáneamente, fuera del plazo de 30 días establecido por el art. 81 de la LTC, no pudiendo por esta razón ingresar al análisis y conocimiento del fondo del asunto, por lo que corresponde su rechazo.
