SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1213/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
1)
El Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, en el informe escrito de fs. 20 a 21, señala: 1) el 6 de enero de 2005, encontrándose de turno su Juzgado, se realizó la audiencia de medidas cautelares en contra del recurrente, ordenando su detención preventiva por concurrir los requisitos de los arts. 233.1 y 2, 234.1 y 235.2 del CPP; 2) el 10 de enero de 2005 remitió los antecedentes al Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal el que tiene a su cargo el control jurisdiccional, estando al presente el proceso radicado en el Tribunal Tercero de Sentencia; 3) el nombre del imputado es René Medina Loza y no Fabián Aramayo Sánchez como cursa en el fundamento de derecho de la imputación formal, lo cual es un error de “taipeo”.