Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2005-R
Fecha: 07-Oct-2005
II.2..
II.2..La autoridad recurrida en su informe refuta los extremos esgrimidos por el actor, aduciendo que una vez que su autoridad radicó la causa en el día pronunció Resolución judicial con relación a la imputación presentada, y como los hechos acontecieron en Puerto Rico, declinó jurisdicción y competencia conforme a ley.