Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1291/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso en consideración a que los actos ilegales demandados habrían ocurrido entre los meses de marzo, abril y mayo del pasado año, o sea hace diez meses atrás, tiempo que desnaturaliza completamente la inmediatez del recurso, cuyo plazo máximo para interponerlo es de seis meses computables desde la comisión del acto ilegal u omisión indebida de acuerdo con la abundante jurisprudencia constitucional.