SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1362/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1362/2005-R

Fecha: 28-Oct-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente manifiesta que el 4 de septiembre de 2005, un grupo de personas le detuvieron en la feria “16 de Julio” de El Alto, por tener en su poder 75 correas ventiladoras para automóviles que según el denunciante Pascual Adrián Morante Choque, habrían sido sustraídas de su camioneta, dando parte a la División Propiedades de la PTJ de El Alto.  Asimismo, expresa que la Fiscal de Materia, sin leer su declaración informativa faccionó la imputación formal en su contra por la comisión del delito de robo, pese a que dicho delito jamás lo cometió, ni la presunta víctima pudo siquiera identificar quien sustrajo sus objetos; por lo que, hizo mención al art. 331 del CP, en sentido de que el robo es apoderarse de una cosa mueble ajena con fuerza en las cosas, con violencia o intimidación en las personas; sin embargo, no se encontró señal alguna de haberse forzado el vehículo, y que si supuestamente se trataría de la venta de objetos robados, cambiaría la figura y sería delito de receptación tipificado en el art. 172 del CP, que tiene una pena máxima de dos años y no amerita detención. Señala, que en la audiencia cautelar efectuada por el Juez recurrido, éste dispuso su detención con los argumentos de que su persona no tenía familia, no obstante, estar presente su esposa e hija, además de contar con los documentos y hojas de entrada y salida de la República del Perú hacia Bolivia, así como se entendió que tendría facilidad de abandonar el país, con una aparente xenofobia contra los ciudadanos peruanos, por lo que interpone el presente recurso, considerando encontrarse detenido indebidamente. Corresponde, entonces, verificar si los extremos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 de la CPE.