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    AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2005-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2005-RCA

    Fecha: 07-Nov-2005

    improcedente

    La Resolución, de 20 de mayo de 2005, cursante de fs. 23 vta. a 25 declaró improcedente el recurso con el argumento de que no hizo uso del recurso de casación previsto por el art. 416 del CPP, optando por acudir directamente al presente recurso cuando existía otros medios de impugnación; operando así el principio de subsidiaridad.

    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • improcedente
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • II.1.
    • II.2
    • la SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre, ha precisado reglas y sub reglas de aplicación del principio de subsidiariedad, cuando señala:
    • II.3.
    • APROBAR

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