AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2005-RCA

Fecha: 17-Nov-2005

(fs. 12)

Por Resolución 378/2005, de 28 de julio, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fs. 12), rechazó el recurso interpuesto por el recurrente, en vista de que, pese a haberle otorgado el plazo de cuarenta y ocho horas para que subsane lo extrañado por el art. 97.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), éste no acompañó las pruebas en las que funda su pretensión.