Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2005-RCA
Fecha: 30-Nov-2005
improcedente in limine
Mediante Resolución de 6 de junio de 2005, cursante a fs. 104 y vta., la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, declaró improcedente in limine el recurso, con el fundamento de que fue interpuesto fuera del plazo de los seis meses fijados por el Tribunal Constitucional, ya que las Resoluciones judiciales impugnadas, Sentencia, Auto de Vista y Auto Supremo, son de 1 de octubre de 2001, 22 de julio de 2002 y 25 de octubre de 2004, respectivamente.