AUTO CONSTITUCIONAL 0592/2005-CA
Fecha: 22-Nov-2005
rechazó
Mediante Auto Motivado 32/2005, de 7 de noviembre (fs. 59 a 60), el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, rechazó el incidente con la siguiente fundamentación: 1) los preceptos legales impugnados están vigentes, y no solo en el actual Reglamento, sino que datan de varios años atrás; 2) el Retiro Indefinido no implica Baja o Retiro Definitivo ni suspensión del pago de sus haberes, por lo que continúan percibiendo sus salarios; 3) no se han vulnerado los derechos constitucionales del incidentista, porque no ha sido retirado en forma definitiva y continúa percibiendo sus salarios, por lo que no se trata de la imposición de una sanción anticipada, estando pendientes del fallo que se pronuncie en la justicia ordinaria.