AUTO CONSTITUCIONAL 555/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 555/2005-CA

Fecha: 01-Nov-2005

I.1. Antecedentes

El recurrente mediante memorial de fecha 21 de octubre, refiere que como emergencia del Auto de Vista 68/2005 de 11 de marzo, dictado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de Chuquisaca dentro del proceso ordinario de usucapión seguido por Olga Montalvo Singo contra personas desconocidas, se procedió a realizar una investigación en torno a una sentencia que fue pronunciada por su persona en su condición de juzgador supuestamente fuera de término, disponiéndose la anulación de obrados.  

Indica que con esos antecedentes, la Unidad de Régimen Disciplinario inició la respectiva investigación sobre un fallo inexistente por la nulidad dispuesta, dictándose la Resolución que hoy impugna que le sanciona por una falta que nunca existió por efecto de la nulidad de obrados dispuesta, y el Tribunal Sumariante sustanció un proceso disciplinario sin jurisdicción ni competencia por no existir materia justiciable y por resolver aspectos de carácter jurisdiccional y no administrativos, como es la determinación de pérdida de competencia.