SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1397/2005-R
Fecha: 08-Nov-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Desde el 20 de septiembre de 2003 está ocupando dos habitaciones en alquiler como tienda y cocina, en el inmueble de propiedad de Alberto Escobar Ventura con quien formalizó el contrato de arrendamiento el 12 de noviembre del mismo año, estableciendo un canon mensual de alquiler de trescientos bolivianos elevado arbitrariamente después a cuatrocientos bolivianos, usando desde el inicio los ambientes como pensión familiar. En octubre de 2004 se le cortó la energía eléctrica porque se negó a pagar el consumo total del inmueble sin hacer una justa división entre los que habitan en él; incluso llegaron al Juzgado Segundo de Instrucción en lo Civil donde canceló la totalidad de los alquileres que debía y pese a que hubo un contrato, se le obligó a suscribir el 9 de noviembre de 2004 una conciliación en la que se comprometió a desocupar las habitaciones mencionadas; sin embargo, el propietario no cumplió con la restitución de la energía eléctrica ni haberle entregado los recibos de alquiler.
El 10 de diciembre de 2004, Alberto Escobar Ventura arrebató de las manos de su hija menor, la llave de la habitación que se usa como cocina y días después ingresó a ella habiendo sustraído ropa y una serie de enseres personales, para posteriormente asegurar con otros candados de mayor tamaño, y desde entonces, no le permite el ingreso conculcando así su derecho al trabajo y uso y goce pacífico que debe ser garantizado, indicando que debe pagar por el consumo de la energía eléctrica. El 7 de febrero de 2005 mientras se encontraba fuera, el propietario conjuntamente con su nuera y algunos jóvenes ingresaron a la tienda cortando el candado y sacando las sillas y otros objetos, hechos que se constituyen en robo y allanamiento de domicilio, para finalmente colocar otro candado, asegurándose de que no entre a la otra habitación.
Pese a los ruegos para la reapertura el propietario se niega rotundamente a reabrir las puertas y quiere cobrarle alquileres que no debe, aunque tiene las vías legales para ejercer sus derechos sin privarle los suyos, y aunque estos ilícitos y arbitrariedades, han sido denunciados ante diversas instancias como los Juzgados Segundo y Tercero de Instrucción en lo Civil, Policía Técnica Judicial (PTJ) y Fiscalía, autoridades a las que el, ahora recurrido, no ha hecho caso alguno.