Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1397/2005-R
Fecha: 08-Nov-2005
II.2.
II.2. El 9 de noviembre de 2004, Alberto Escobar Ventura y Justina Calizaya, se presentaron y firmaron un acta en el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Civil, en el que el primero se obligó a reconectar la luz y la inquilina se comprometió a desocupar el bien inmueble (fs. 4 a 5). El acta fue rubricada por ambas personas y el Actuario del Juzgado.