SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1411/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1411/2005-R

Fecha: 08-Nov-2005

a)

    Rodolfo Gutiérrez, Fiscal recurrido en la audiencia pública de amparo emitió su informe de ley, señalando que: a) el proceso se inició con el antiguo sistema procesal penal, en el que el ahora recurrente tuvo acceso a toda la información en forma irrestricta, prueba de ello es que en reiteradas fechas solicitó fotocopias legalizadas de diferentes actuados procesales. Así mediante requerimiento de 20 de abril de 2001 el fiscal Cortez requirió “fránqueése las fotocopias legalizadas”; asimismo el 19 de febrero de 2003, el abogado del actor solicitó fotocopias al Juez Primero de la ciudad de El Alto, quien decretó “franquéese las fotocopias legalizadas” (sic); luego el 21 de noviembre de 2002 nuevamente el recurrente solicitó fotocopias legalizadas, y al encontrarse los antecedentes en la Corte Superior, se decretó el 9 de noviembre de 2002 “por Secretaría de Cámara franquéese fotocopias legalizadas de las piezas que se solicita”(sic); posteriormente el 12 de mayo de 2004, también impetró fotocopias legalizadas que fue providenciado en sentido de que “se tiene dispuesto que el cuaderno de investigaciones se encuentra a su disposición tantas y cuantas veces sea necesario”; finalmente solicitó el 5 de agosto de 2004, a lo que su persona proveyó ”indique en qué cuerpo legal se apoya su solicitud”, sin haber recibido contestación; b) que entregó el cuaderno de investigación a un fotocopiador, en el que el recurrente incluso concertó el precio con aquél; sin embargo, por declaración del fotocopiador se evidenció que el abogado del recurrente le hizo sacar fotocopias y que después de dos meses nunca recogió las mismas; constituyéndose, por ello, la interposición de este recurso en una “argucia” para que no se celebre el juicio, que ya está sorteado en el Tribunal de Sentencia de El Alto.

    Por su parte, Ronald Calderón Crespo, Fiscal co-recurrido, en el informe emitido en audiencia, señaló que desde que asumió conocimiento del caso, el recurrente nunca se apersonó ni físicamente ni por memorial ante su autoridad solicitando nada, pese a que tenía conocimiento de que ya estaba a cargo del proceso.