AUTO CONSTITUCIONAL 0634/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0634/2005-CA

Fecha: 14-Dic-2005

II.2.3.

II.2.3. Con referencia a la Circular 5/03 de 24 de febrero, emitida por el Presidente de las Corte Suprema de Justicia, se establece que la misma está dirigida a la Decana en Ejercicio de la Presidencia de la Corte Superior de La Paz, en la cual, si bien se determina que los procesos contencioso-administrativos tendientes a impugnar actos y resoluciones administrativos que emanen de un gobierno municipal son de competencia de la Sala Plena de las Cortes Superiores de Distrito, conforme a la jurisprudencia establecida por la Corte Suprema de Justicia mediante los Autos Supremos 60, 61 y 62 del año 2002; sin embargo, se entiende que lo que se pretendió a través de la misma fue simplemente dar a conocer la jurisprudencia de ese Tribunal Supremo con referencia a la tramitación y resolución de los procesos contencioso-administrativos emergentes de las resoluciones de los gobiernos municipales; en consecuencia tampoco la circular impugnada forma parte de las disposiciones legales objeto del control de constitucionalidad.