SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2005-R

Fecha: 09-Dic-2005

III.2.

III.2. Antes de entrar a considerar el fondo del recurso presentado, corresponde señalar que el derecho a la defensa consagrado de manera autónoma en el art. 16.III de la CPE, de acuerdo con las SSCC 1842/2003-R y 1034/2004-R, entre otras, tiene dos connotaciones: “La primera es el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades específicas, a tener una persona idónea que pueda patrocinarle y defenderle oportunamente, mientras que la segunda es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones conforme a procedimiento preestablecido y por ello mismo es inviolable por las personas o autoridad que impidan o restrinjan su ejercicio”.