SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0147/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0147/2005-R

Fecha: 17-Feb-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 28 de enero de 2005 (fs. 4 a 6), los recurrentes aducen que como consecuencia de la querella que formuló Ramiro Carlos Machaca Mamani el 31 de agosto de 2004, se formalizó acusación en su contra, sin embargo en dicha querella no se menciona a Robert Fernández Flores y a Ricardo Rivera Choque únicamente se lo cita en el momento del consumo de bebidas alcohólicas, sin que el resto del texto lo vincule, por lo que este último planteó rechazo de denuncia con el argumento de que en El Alto el fiscal de Materia, Rodolfo Gutiérrez emitió la Resolución 030/04, de 30 de junio de 2004 por la que se rechazó la denuncia incoada por Ramiro Machaca contra Ricardo Rivera al no haberse demostrado los elementos suficientes para fundar acusación, situación que fue corroborada en el certificado expedido por el investigador Gregorio Castro de la ciudad de El Alto, que acredita que Ricardo Rivera no participó en los hechos del 23 de mayo de 2004.

Expresan que el fiscal Herlan Eid, basado en esos fundamentos, mediante Resolución 413 de 8 de diciembre de 2004 dispuso el rechazo de la denuncia, determinando el archivo de obrados, Resolución que fue objetada por el querellante, motivando que la Fiscal de Distrito de entonces revoque indebida e ilegalmente la misma y disponga la prosecución de las investigaciones, con el singular argumento de que el “23 de mayo de 2004, Ramiro Machaca fue víctima de los Srs. Severo Callisaya, juntamente con Ricardo Rivera y Robert Fernández, cometiendo los delitos de lesiones gravísimas e intento de asesinato y que las pruebas recolectadas son suficientes para tener una hipótesis del hecho...” sin precisar las circunstancias que la fundamenten.