Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2005-CDP
Fecha: 21-Mar-2005
APROBAR
El Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, resuelve: APROBAR la Sentencia de 18 de febrero de 2005, cursante de fs. 173 a 174 vta., disponiendo la retención de haberes y el embargo de los bienes de la parte recurrida a los efectos de la reparación, conforme el art. 102.VI de la Ley del Tribunal Constitucional.