SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0177/2005-R
Fecha: 02-Mar-2005
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus pronunció Resolución declarando improcedente el recurso, con el fundamento de que si bien la Fiscal recurrida requirió al Juez de Partido Liquidador de Sustancias Controladas expida mandamiento de aprehensión contra Fernando Álvarez Téllez, la autoridad en audiencia indicó que no está persiguiendo al ciudadano de dicho nombre, Concejal y Alcalde de San Borja, sino a Fernando Álvarez, condenado por Sentencia ejecutoriada, que es una persona diferente al representado del recurrente, por lo que no se le está restringiendo o suprimiendo ningún derecho constitucional.
Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.