Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0247/2005-R
Fecha: 21-Mar-2005
II.3.
II.3. El 1 de diciembre de 2004, a horas 14:15, la Fiscal demandada de conformidad al art. 228 del CPP remitió a los aprehendidos a conocimiento del Juez cautelar para que sean puestos en libertad, sin formular ninguna imputación por falta de suficientes elementos, a decir de la propia autoridad (fs. 52 y vta).