SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0254/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0254/2005-R

Fecha: 22-Mar-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 10 de septiembre de 2004 (fs. 33 a 36 vta.), y subsanación de 15 de septiembre (fs. 43 a 44 vta.) el recurrente aduce que trabajó en la Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz y que a raíz de que el Tribunal Médico Nacional Calificador de Incapacidades, mediante informe 157/01 de 28 de mayo de 2001 determinó su invalidez  a causa de un accidente, inició el trámite para su renta de jubilación por invalidez ante la ex Dirección de Pensiones hoy Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), donde la Comisión Calificadora de Rentas desestimó su solicitud, fallo contra el que interpuso el recurso de reclamación resuelto mediante Resolución 041.03 de 24 de marzo de 2003 pronunciada por la Comisión de Reclamación que confirmó la determinación del inferior, la que le fue notificada el 2 de abril de 2003, constando en la diligencia que tenía el plazo de cinco días hábiles para interponer el recurso de apelación, el que presentó el 8 de abril de 2003 y conforme lo disponen los arts. 601 y 622 del Reglamento del Código de Seguridad Social y art. 12 del Manual de Prestaciones fue concedido por la Comisión de Reclamación remitiéndose el expediente ante la Corte Superior del Distrito, donde previo sorteo correspondió su conocimiento a la Sala Social Tercera, que con total desconocimiento de los plazos procesales administrativos mediante Auto de Vista de 3 de junio de 2004 declaró la ejecutoria de la Resolución que resolvió el recurso de reclamación, con el argumento de que el recurso de apelación fue interpuesto en forma extemporánea, incurriendo en franca inobservancia de las disposiciones legales administrativas.