SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0393/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0393/2005-R

Fecha: 18-Abr-2005

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal del hábeas corpus declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) si bien la imputación no señala el hecho delictivo atribuido al recurrente, refiriéndose a uno o más de los hechos especificados por el inc. m) del art. 33 de la L1008, no es menos cierto que también se cita el art. 55 de la L1008. Al margen de ello, se debe tomar en cuenta la última parte del art. 48 de la L1008; b) no se ha violado ningún derecho, pues de los datos del proceso, se advierte que el recurrente asumió defensa por los hechos referidos, es decir, de transporte y tráfico de sustancias controladas, debiendo tomarse en cuenta que el recurrente en ninguna etapa interpuso excepción; y c) las sentencias constitucionales que aludió el recurrente, conciernen a casos en los que la imputación se refiere de manera general sólo a lo previsto por el 33. inc. m) de la L1008; y no como en el caso, pues aparte de lo previsto en el citado artículo, se cita el art. 55 de la misma Ley, lo que a juicio del Tribunal allana las presuntas ilegalidades en que incurrieron los recurridos.