AUTO CONSTITUCIONAL 199/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 199/2005-CA

Fecha: 10-May-2005

en ejecución de sentencia

De los antecedentes que cursan en el expediente se establece que las autoridades judiciales mediante el Auto de Vista 62 de 18 de febrero de 2005, resolviendo el recurso de apelación interpuesto por Walter Mauricio Roca S., confirmaron la Sentencia de 2 de junio de 2004 pronunciada por el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz dentro del proceso ejecutivo seguido por Miguel Toranzo Claure contra Walter Mauricio Roca Steimbach y Alejandro Melgar Pereira, resolución que fue declarada ejecutoriada por Auto de 12 de marzo de 2005,  por lo que el referido proceso se encuentra en ejecución de sentencia; fase en la que  el ejecutado Mauricio Roca Steinbach solicitó al Presidente y Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Santa Cruz  promuevan el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 31 de la Ley 1760, con el fundamento de que la norma impugnada atenta  contra el derecho de defensa en juicio y contra el principio del debido proceso legal consagrados por el art. 16 parágrafos II y IV de la Constitución Política del Estado, al suprimir un recurso legal como es el de casación en la forma y casación en el fondo; de lo que se infiere que aunque se haya anunciado compulsa, no existe una decisión pendiente en la cual el Tribunal tenga que aplicar la disposición legal cuya inconstitucionalidad solicita se promueva; en consecuencia no existe la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la disposición legal con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial, por lo mismo no concurre la condición de procedencia del recurso.