rechazaron el incidente
El Presidente y Vocales de la comisión de Régimen Disciplinario de la Academia Nacional de Policías, por Resolución de la Comisión Disciplinaria de la Academia Nacional de Policías 01/2005 de 18 de abril de 2005, rechazaron el incidente por manifiestamente infundado en consideración a que no existe fundamento de los motivos o razones de la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, toda vez que la solicitud es enunciativa de normas e instrumentos internacionales de derechos humanos, careciendo en absoluto de sustento jurídico-constitucional que justifique la inconstitucionalidad de las normas citadas en el incidente; resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la LTC, es elevada en consulta ante este Tribunal.
- Presidente y Vocales de la Comisión de Régimen Disciplinario de la Academia Nacional de Policías
- los arts. 35, 37, 40 inc. b) y c), 42, 43, 45, 46, 47 48 y 49 del vigente Reglamento de Régimen Disciplinario de la ANAPOL
- rechazaron el incidente
- cuya decisión dependa
- , una sentencia o resolución final
- APRUEBA
